Los dividendos pasivos constituyen la parte del capital social suscrita por los socios pero que aún no se ha desembolsado. Esto sólo puede suceder en las Sociedades Anónimas (SA) y sólo hasta un máximo del 75% del capital social en el momento de la fundación.
Características de los Dividendos pasivos en las Sociedades Anónimas
La sociedad Limitada (SL) no permite tener dividendos pasivos, ya que el capital debe suscribirse y desembolsarse íntegramente para obtener las participaciones sociales.
Volviendo a las SA, estos son los puntos más importantes de los divendos pasivos:
- Podrán alcanzar un máximo de ¾ partes (75%) del Valor Nominal (VN) de las acciones.
- Exigencia de al menos ¼ (25%) del Valor Nominal (VN) suscrito y desembolsado según la Ley de Sociedades del Capital (LSC)
- Obligatoriedad de informar en los estatutos sociales el plazo y modo en el que los dividendos pasivos deben ser satisfechos por los accionistas (Tanto en Ampliaciones de Capital como en la Fundación)
Respecto al modo, los estatutos deben informar de la posibilidad de satisfacer los dividendos pasivos en un único pago o en varios pagos, así como si se realizarán pagos dinerarios o no dinerarios.
Respecto al plazo, El el plazo de desembolso para los dividendos pasivos constará en los estatutos sociales respetando la legalidad vigente que establece un tope máximo de 5 años para satisfacer las aportaciones no dinerarias, destacando el hecho de que no existe un límite máximo temporal para desembolsar las aportaciones dinerarias.
- La exigencia del pago de los dividendos pasivos se notificará a los accionistas y a terceros mediante la inscripción en el Boletín Oficial del Registro mercantil (BORME). Los accionistas dispondrán de al menos un mes para desembolsar los dividendos pasivos tras su requerimiento como norma general.
¿Qué pasa si el accionista no desembolsa los dividendos pasivos?
En el caso que un accionista no desembolse los dividendos pasivos en la forma y plazo estipulados, incurrirá en mora. Al ser un accionista moroso, perderá su derecho de voto, sus suscripciones preferentes de nuevas acciones ú obligaciones convertibles y el derecho a percibir dividendos.
Si dicho accionista saldase su deuda con la compañía, podría reclamar los dividendos pasivos no prescritos (perderá en todo caso los derechos de suscripción preferente no ejercidos)
Conclusiones
Los dividendos pasivos pueden representar un 75% del Capital en el momento de la fundación o una ampliación de capital. En los estatutos se informará de los requisitos, forma y plazo de su desembolso. Los accionistas que pasado un mes no hayan satisfecho el dividendo una vez hecho el anuncio por parte de la compañía, incurrirán en mora y perderán sus derechos como accionistas.